El alcalde de Teguise ha firmado un convenio de colaboración con el Vicario General para la financiación parcial de medidas de preservación, restauración y rehabilitación de la torre, en la que también intervendrán el Cabildo Insular y el Gobierno de Canarias

El alcalde de Teguise, Oswaldo Betancort García, y el Vicario General de la Diócesis de Canarias, Hipólito Cabrera González, han sellado un acuerdo de colaboración para restaurar uno de los símbolos más emblemáticos de Teguise, la torre de la Iglesia de Nuestra Señora de Guadalupe, sita en la Plaza de la Constitución de Teguise, que pertenece al catálogo arquitectónico del Plan General de Ordenación del Municipio de Teguise.

La Ley de Patrimonio Histórico de Canarias especifica, entre otras competencias de los Ayuntamientos, la de establecer las medidas de fomento necesarias con objeto de conseguir su preservación y revitalización. A este respecto, dispone además que las ayudas para la conservación y restauración de los bienes de la Iglesia pertenecientes al patrimonio histórico de Canarias se llevarán a cabo mediante convenios específicos con las instituciones eclesiásticas.

La colaboración entre el Ayuntamiento de Teguise y la Diócesis de Canarias, sellada el pasado jueves, 14 de enero, y la que se unirá la aportación de Cabildo de Lanzarote y Gobierno de Canarias, es una vía efectiva y práctica para el ejercicio de la actividad religiosa y de las funciones encomendadas a dicha Institución, por lo tanto, hay voluntad por ambas partes para la rehabilitación, preservación, conservación y rehabilitación del Patrimonio Arquitectónico del municipio.

Tal y como suscribe el convenio, el Ayuntamiento de Teguise se compromete y obliga a conceder una subvención por importe de 30.000 euros, cantidad a la que sumará la contribución de Cabildo Insular y Gobierno de Canarias; y por su parte, la Diócesis de Canarias se compromete y obliga a exigir de la empresa que resulte adjudicataria de la obra, el que cuente con una póliza de Responsabilidad Civil Todo Riesgo Construcción que responda, llegado el caso, sobre los daños que su intervención pudiera llegar a producir en el Templo objeto de actuación, en los términos fijados en la normativa legal vigente.